domingo, 26 de abril de 2015

             CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO


     "La finalidad de la convención colectiva de trabajo, según la norma transcrita, es la de                                        "fijar las condiciones que regirán los contratos de trabajo"


Un convenio colectivo se clasifica de acuerdo a factores como:

Ubicación geográfica: pueden ser nacional, departamental, municipal y local.

Por su ocupación y número de trabajadores afectados, los convenios se aplican para un sector de la organización (delimitando una actividad dentro de la empresa u organización o cuyas labores asientan características similares), para la empresa (afecta al recurso humano de toda la organización), para un sector económico (se concentran allí las empresas u organizaciones dedicadas a desarrollar un sector específico de la economía con características afines); y se divulga en el periódico o boletín oficial nacional, del departamento o municipio correspondiente para poner en conocimiento de los interesados y con el objetivo de su aplicación.

La convención colectiva se  debe celebrar por escrito y se notificará a todos los involucrados y uno más, el cual se entregara en el Ministerio de Protección Social, dentro  de los siguientes 15 días al de su firma, de no completarse cada uno de estos requerimientos  no procederá efecto alguno en la convención, según el art. 468 del C.S.T.

Las convenciones colectivas entre empleadores y sindicatos en cuyo caso el número de afiliados no supere la tercera parte de los trabajadores de la organización, solo se aplicara a los miembros de la organización sindical con la que se haya celebrado dicho convenio y a quienes se vinculen o afilien posteriormente a la organización sindical; En caso tal, que dicha convención supere la tercera parte del total de los trabajadores de la empresa, la cobertura de las normas de la convención se extenderá a todos los trabajadores sin excepción de vinculación o no, a alguna organización sindical; de acuerdo a la disposición de esta norma, su aplicación también se extiende cuando el número de afiliados al sindicato exceda el limite indicado, posterior a la firma de la misma; para este efecto los trabajadores no sindicalizados por recibir el beneficio de la convención deberán pagar una suma equivalente a la cuota ordinaria con que los afiliados contribuyen, esto durante la vigencia de la misma.


Estos convenios se prorrogan automáticamente cada año, de manera que permanece vigente su desarrollo siempre que se den los requerimientos legales; se complementa o deroga por denuncia de alguna de las partes o redacción de uno nuevo.

1 comentario:

  1. Este blogs esta creado brindar herramientas teóricas de la forma correcta como se conforman los sindicatos, las jurisprudencia que los rige, donde se normativiza cuáles son sus prohibiciones, su funcionalidad, la historia de los sindicatos en nuestro país y todas las reformas que hasta el momento se han realizado, reformas que han logrado brindar solución a muchos de los problemas que se han presentado y que hoy en día son figuras legales que no sirven a todos los Colombianos para defender nuestro derechos como trabajadores.

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