PASOS QUE COMPONE EL TRÁMITE DE CONFLICTO COLECTIVO
“los conflictos de trabajo son las controversias que se
suscitan en ocasión o con motivo de la formación, modificación o cumplimiento
de las relaciones individuales o colectivas del trabajo”
Este tipo de conflictos pueden ser: desde la perspectiva del objeto, jurídicos o económicos originados de manera directa o indirecta por el contrato de trabajo; desde la perspectiva de las personas, individuales cuando surge entre el empleador y trabajador con vínculo laboral individualmente o colectivos cuando surge entre el empleador y sus trabajadores apelando beneficios en pro de un grupo y no individuales, se prevé el origen en la existencia de clases sociales y la discrepancia suscitada entre ellas.
PASOS
1) Inicialmente se presenta
por parte de los trabajadores sindicalizados o no, el pliego de
peticiones el cual debe contar con previa aprobación por parte de la asamblea
del sindicato o grupo de trabajadores no sindicalizados, deben nombrarse
también los representantes de ambas partes para el proceso.
2) Seguidamente, surge el
fuero circunstancial para éstos, de acuerdo al decreto 2351 de 1965 art 25 y
decreto reglamentario 1469 de 1978 art 36.
3) La siguiente etapa será
llegar a un pacto directo que durara alrededor de 20 días calendario los cuales
de acuerdo a las negociaciones entre las partes involucradas podrían
extenderse 20 días más; de no ser efectivo este convenio dentro del plazo de
los siguiente 10 días dicho sindicato o trabajadores podrán inclinarse por una
huelga o acoger la decisión de un tribunal de arbitramento.
4) Concluye con la firma de
la convención, el pacto colectivo y la ejecutoria de la sentencia arbitral.
El derecho a la huelga es fundamental, para la clase trabajadora del país, esta herramienta nos permite crear acuerdos con los patronos, para buscar beneficios laborales, que estén en pro de la dignificación humana, de la misma forma buscan el bienestar laboral, familiar y social, cabe resaltar que después de que el sindicato instaure una huelga esta debe ser acogida por todos los miembros de sindicato, con el fin de que la asamblea pueda llegar a un acuerdo con el patrono por esta vía de hecho
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