martes, 14 de abril de 2015

 
FUERO SINDICAL

“Se reconoce a los representantes sindicales el fuero y las demás garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión” CPC art 39, inciso 4

Se define fuero sindical como la indemnidad de la que algunos trabajadores gozan para no ser cesados, modificadas sus condiciones laborales de manera  que se vean afectados negativamente, traslados de área o locación sin justa causa, sin previa autorización judicial.


La aplicación del fuero sindical se extiende de acuerdo a la norma como se describe a continuación:

A los Fundadores de una asociación sindical desde el día de su constitución hasta dos (2) meses después de la inscripción en el registro sindical, sin exceder de 6 meses.

Los trabajadores asociados que registren su ingreso con anterioridad a la inscripción en el registro de éste, el amparo rige por el mismo periodo que para los fundadores.

Los miembros de la Junta Directiva y Subdirectivas de todo sindicato, federación o confederación de sindicatos, máximo cinco (5) principales y cinco (5) suplentes; los miembros de los comités seccionales máximo un (1) principal y un (1) suplente. El amparo rige por el tiempo que dure el mandato y seis (6) meses más.

Dos (2) de los miembros de la Comisión Estatutaria de Reclamos que elijan los sindicatos, federaciones o confederaciones sindicales por el mismo periodo de la junta directiva y por seis (6) meses más, sin que pueda existir en una misma empresa más de una comisión estatutaria de reclamos.


En caso de fusión de dos o más asociaciones sindicales, los anteriores directores que no queden incorporados a la nueva junta por motivo de la fusión, quedaran amparados hasta tres (3) meses después de que esta se realice.  

Estos procesos se pueden evidenciar cuando un empleador pretende finalizar con justa causa el contrato de un trabajador protegido con fuero sindical, para el efecto se necesitará  previa autorización de un juez laboral; también cuando un trabajador que gozando del amparo sea despedido, trasladado o desmejorado sus condiciones laborales sin autorización previa de un juez laboral. 

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